El nuevo baremo empleado para valorar y determinar el grado de discapacidad ya recoge los fundamentos del TEA

El Real Decreto que regula el procedimiento para valorar y determinar el grado de discapacidad ya indica el nuevo baremo de la discapacidad. Su principal novedad es que recoge específicamente las características nucleares del trastorno del espectro del autismo (TEA), y lo hace de manera independiente y diferenciada del diagnóstico de discapacidad intelectual. Esta nueva normativa ha sido publicada en el BOE este jueves 20 de octubre de 2022, tras su aprobación por Consejo de Ministros y Ministras del Gobierno de España el martes 18 con el consenso y el acuerdo entre el Estado, las Comunidades Autónomas y el sector de la discapacidad. Se puede consultar en este enlace.

El nuevo baremo supone un avance en la valoración del grado de discapacidad en el caso particular de las personas con TEA ya que incorpora la categoría de “trastorno generalizado del desarrollo” y la clasificación de diagnósticos incluidos en la misma, en coherencia con la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10) de la Organización Mundial de la Salud, que está vigente en el Estado.  

A pesar de que no refleja específicamente la descripción actualizada del autismo en los sistemas más recientes de clasificación (DSM-5 y CIE-11), sí se recogen los fundamentos que definen esta categoría diagnóstica. Además, la formación de los equipos de valoración de la discapacidad deberá, no sólo garantizar el conocimiento de las nuevas herramientas que establece el baremo, sino también cómo éstas deben aplicarse e interpretarse en el caso de las personas con autismo. 

Visibilidad

Este reconocimiento visibiliza el impacto que las características del TEA tienen por sí mismas en el funcionamiento adaptativo y en la calidad de vida de las personas que lo presentan. De la misma forma, evidencia la necesidad de garantizar apoyos heterogéneos y flexibles en las distintas esferas de la vida diaria y a lo largo de todo el ciclo vital.  

El nuevo procedimiento de valoración sustituye al del año 1999, que había quedado desactualizado y que, además, no cumplía con las obligaciones que impone la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.  

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